Protección de la información

Proteccion de la informacion
En la Seguridad Informática se debe distinguir dos propósitos de protección, la Seguridad de la Información y la Protección de Datos.
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Se debe distinguir entre los dos, porque forman la base y dan la razón, justificación en la selección de los elementos de información que requieren una atención especial dentro del marco de la Seguridad Informática y normalmente también dan el motivo y la obligación para su protección.
Sin embargo hay que destacar que, aunque se diferencia entre la Seguridad de la Información y la Protección de Datos como motivo o obligación de las actividades de seguridad, las medidas de protección aplicadas normalmente serán las mismas.
Para ilustrar un poco la diferencia entre los dos, se recomiendo hacer el siguiente ejercicio.
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En la Seguridad de la Información el objetivo de la protección son los datos mismos y trata de evitar su perdida y modificación non-autorizado. La protección debe garantizar en primer lugar la confidencialidadintegridad y disponibilidad de los datos, sin embargo existen más requisitos como por ejemplo la autenticidadentre otros.
El motivo o el motor para implementar medidas de protección, que responden a la Seguridad de la Información, es el propio interés de la institución o persona que maneja los datos, porque la perdida o modificación de los datos, le puede causar un daño (material o inmaterial). Entonces en referencia al ejercicio con el banco, la perdida o la modificación errónea, sea causado intencionalmente o simplemente por negligencia humana, de algún récord de una cuenta bancaria, puede resultar en perdidas económicas u otros consecuencias negativas para la institución.
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En el caso de la Protección de Datos, el objetivo de la protección no son los datos en si mismo, sino el contenido de la información sobre personas, para evitar el abuso de esta.
Esta vez, el motivo o el motor para la implementación de medidas de protección, por parte de la institución o persona que maneja los datos, es la obligación jurídica o la simple ética personal, de evitar consecuencias negativas para las personas de las cuales se trata la información.
En muchos Estados existen normas jurídicas que regulan el tratamiento de los datos personales, como por ejemplo en España, donde existe la “Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal” que tiene por objetivo garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad y privacidad personal y familiar [1]. Sin embargo el gran problema aparece cuando no existen leyes y normas jurídicas que evitan el abuso o mal uso de los datos personales o si no están aplicadas adecuadamente o arbitrariamente.

Existen algunas profesiones que, por su carácter profesional, están reconocidos o obligados, por su juramento, de respetar los datos personales como por ejemplo los médicos, abogados, jueces y también los sacerdotes. Pero independientemente, si o no existen normas jurídicas, la responsabilidad de un tratamiento adecuado de datos personales y las consecuencias que puede causar en el caso de no cumplirlo, recae sobre cada persona que maneja o tiene contacto con tal información, y debería tener sus raíces en códigos de conducta [2][3] y finalmente la ética profesional y humana, de respetar y no perjudicar los derechos humanos y no hacer daño.
Consideraciones generales
  • La información recabada durante el proceso de admisión y la prestación de servicios es delicada ya que contiene detalles sobre la historia personal de las mujeres y sus necesidades.
  • Dependiendo de la naturaleza de los servicios prestados en el refugio, puede ser necesario conservar varias formas de registros para garantizar la confidencialidad y seguridad de la mujer.
  • Los programas pueden evitar la divulgación sin autorización de esta información de las siguientes maneras:
    • Solo divulgar la información (incluidos los registros de admisión y prestación de servicios) que la mujer ha consentido en compartir.
    • Compartir información solo con el personal de la organización que necesita tener ese conocimiento (por ej. no con miembros de la Junta Directiva, voluntarios, personal administrativo). El acceso a los archivos personales debe estar restringido a las personas que trabajan directamente con la mujer en el refugio para garantizar que se respete su derecho a la privacidad y confidencialidad. La divulgación de información en archivos impresos o bases de datos electrónicas debe respetar las leyes sobre privacidad y libertad de información de la jurisdicción del refugio.
    • Mantener la confidencialidad de la información en forma indefinida, incluido después que la usuaria haya dejado el programa.
Seguridad física de los archivos personales de las mujeres en el refugio
Ya sean archivos impresos o electrónicos, es importante tomar medidas para prevenir que se accedan, dupliquen o sustraigan mediante las siguientes prácticas:
    Resultado de imagen para protección de la información
  • Considerar el uso de marcas identificatorias exclusivas (códigos numéricos o alfabéticos) en lugar del nombre de la persona.
  • Mantener los archivos impresos bajo llave en archivadores a prueba de fuego (cuando sea posible) y restringir el acceso a ellos.
  • Activar un sistema de seguridad (con monitoreo personal o electrónico), especialmente si el centro corre gran riesgo de robo.
  • Gestionar el almacenamiento, disponibilidad y uso de archivos electrónicos y registros para prevenir el acceso sin autorización (según se describe en la sección Uso de la informática para almacenar y transmitir información personal.
  • Guardar todos los archivos (impresos y electrónicos) en el edificio y/o fijar protocolos y advertir al personal sobre la seguridad necesaria para los registros que salen del edificio, que corren mayor peligro de ser accedidos sin autorización. Los protocolos para proteger los archivos que salen del edificio deben advertir al personal que:
    • Evite viajar con la información personal de las mujeres a menos que sea absolutamente necesario (por ej. trabajadoras de acercamiento que se trasladan para prestar servicios a las mujeres de la comunidad).
    • Lleve la menor cantidad de información necesaria fuera del edificio.
    • Cuando sea necesario llevar gran volumen de información, usar un courier u otro medio seguro.
    • Lleve copias y deje los originales en el edificio.
    • Lleve o guarde todos los documentos y fuentes electrónicas de información personal de las mujeres (es decir, archivos impresos, laptops, notebooks, celulares táctiles) en un lugar seguro todo el tiempo.
    • Guarde los archivos de las mujeres en un auto solo si es absolutamente necesario. En ese caso, guardar la información en la valija del auto que debe tener alarma y estar estacionado en un lugar seguro.

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